Declaran inconstitucional el decreto de Macri que alteraba reglas electorales
Al declarar como inconstitucional el decreto presidencial 45/2019 que habilitaba a los argentinos residentes en el exterior a votar por correspondencia. la justicia federal le terminó dando la razón al Partido Justicialista ( PJ) y a las otras fuerzas políticas que habían realizado varias presentaciones pidiendo la impugnación de esa medida. La resolución, abre la…

Al declarar como inconstitucional el decreto presidencial 45/2019 que habilitaba a los argentinos residentes en el exterior a votar por correspondencia. la justicia federal le terminó dando la razón al Partido Justicialista ( PJ) y a las otras fuerzas políticas que habían realizado varias presentaciones pidiendo la impugnación de esa medida. La resolución, abre la puerta a una eventual impugnación de otro decreto dictado por el Poder Ejecutivo, el que eliminó las listas colectoras en la provincia de Buenos Aires.
En el fallo, redactado el lunes 29 de abril último y conocido ayer, la jueza federal con competencia electoral, María Romilda Servini, decidió hacer lugar a los argumentos esgrimidos por los denunciantes, al considerar como inconstitucional el decreto del Poder Ejecutivo.
A mediados de marzo, tanto el apoderado del PJ nacional, Jorge Landau, como los legisladores nacionales Graciela Camaño y Cecilia Moreau, entre otros, le pidieron a la justicia que dejara sin efecto el decreto dictado por el Poder Ejecutivo el 11 de enero último.
La Justicia entendió que el régimen electoral sólo puede ser modificado por el Parlamento
La oposición esgrimió que “habida cuenta de que el Código electoral argentino prevé una única manera de emitir el voto”, es decir, de manera presencial “el día señalado para la elección en la convocatoria en el lugar de votación que corresponda al elector”, la reforma “que indebidamente” se introdujo “por vía de un decreto que se pretexta reglamentario, nada tiene de tal sino que lisa y llanamente elimina, destruye lo que la ley estatuye”.
El lunes, Servini decidió dejar sin efecto el decreto del Gobierno nacional, para lo cual entre los fundamentos apeló a la norma constitucional que establece que “los proyectos de ley que modifiquen el régimen electoral y de partidos políticos deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los miembros de las Cámaras”.
De esa manera, los tres decretos firmados por el presidente Mauricio Macri a mediados de enero, el 45/2019 que permitía sufragar por correo postal a los argentinos residentes en exterior, el 54/2019 que anticipaba el voto de los detenidos con prisión preventiva y el 55/2019 voto anticipado, en forma presencial, del personal afectado al Comando General Electoral, quedaron sin efecto.
“Anticipamos el fraude del Gobierno y hoy la justicia nos dio la razón”, dijo Gioja a través de la red social twitter una vez conocido el fallo, y agregó que “querían que los 360 mil argentinos viviendo en el exterior votaran a través de carta, posibilitando el fraude. La Justicia Electoral lo declaró inconstitucional y será a través de las sedes diplomáticas”, resaltó.
El fallo de Servini podría ser la antesala a una sentencia similar contra otro DNU de Macri, el que eliminó las listas colectoras, evitando de esa manera el acuerdo electoral que iban a sellar en la provincia Unidad Ciudadana y Alternativa Federal.
Con este tema como telón de fondo, el intendente y titular del PJ bonaerense, Fernando Gray (Esteban Echeverría), consideró al fallo de “importante porque la jueza marca un precedente para el resto de las impugnaciones que presentamos, sobre todo con respecto al decreto” de Macri “que a mediados de abril dio de baja a la posibilidad de utilizar listas colectoras en la provincia de Buenos Aires”.