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Caso Lucio: jury rechazó que Colegio de Magistrados y la FAM sean incorporados como Amigos del Tribunal

El Jurado de Enjuiciamiento no hizo lugar al pedido del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de La Pampa y de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial de constituirse como Amigos del Tribunal (“amicus curiae”), en el proceso que se les sigue a la jueza Ana Clara Pérez Ballester y a la asesora Elisa Alejandra Catán, por presunto mal desempeño de sus funciones en la tramitación de los expedientes por la tutela y el cuidado personal del niño Lucio Dupuy.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los cinco integrantes del jury: el ministro del Superior Tribunal de Justicia, a cargo de la presidencia, Fabricio Luis Losi, en su carácter de titular del cuerpo; las legisladoras provinciales María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas por la matrícula, Silvina María Garro y María Natalia Gaccio.

Tanto el Colegio como la FAM fundamentaron en su requisitoria que pretendían “resguardar el más amplio debate, como una garantía esencial del sistema republicano” y “colaborar con la labor del jury y aportar argumentos y opiniones que puedan ser de utilidad para arribar a una solución justa”. Para ello se basaron en la ley 3117, que estableció el instituto del “amicus curiae’ en La Pampa.

Sin embargo, el jurado, respaldándose también en esa norma, respondió que el artículo 1° del texto delimita la aplicación de esa figura al ámbito de los “procesos judiciales correspondientes exclusivamente a la competencia originaria o por recursos interpuestos ante el Superior Tribunal de Justicia”. Y añadió que “el Jurado de Enjuiciamiento no detenta carácter judicial, contando el órgano con una naturaleza y composición ajenas a las características propias del Poder Judicial”.

Finalmente, sostuvo que “nos encontramos frente a un juicio de responsabilidad política, que si bien se encuentra sujeto a las reglas del debido proceso, en lo sustancial es político” y no es proceso judicial como lo específica la ley 3117.

El Jurado de Enjuiciamiento aprobó a fines de septiembre la apertura del jury. Posteriormente el procurador general Mario Oscar Bongianino acusó a ambas. Ahora se espera que vayan a juicio oral y público. Si avanza la investigación, y los acusadores encuentran elementos de prueba, podrían ser destituidas de sus cargos.

Lucio es el nene de 5 años que fue asesinado el 21 de noviembre de 2021 en su casa de Santa Rosa. Por el caso fueron declaradas culpables su madre, Espósito Valenti, y la pareja de su progenitora, Abigail Páez. Ambas recibieron la pena de prisión perpetua por el aberrante crimen.

Pérez Ballester y Catán fueron denunciadas por “mal desempeño” en la tramitación de los expedientes por la tutela y el cuidado personal del niño Lucio Dupuy, por los diputados y las diputadas del Frente Justicialista Pampeana. En tanto, el PRO le apuntó solo a la magistrada.

Principalmente, los legisladores denunciantes les reprocharon no haber requerido un estudio socioambiental antes de homologar un acuerdo privado entre la tía de Lucio, Leticia Hidalgo, y la progenitora del nene, Magdalena Espósito Valenti. Por ese ese acuerdo, la tutela quedó a cargo de la madre.

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