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Cambios en el régimen laboral del empleo doméstico: qué dice el DNU de Javier Milei

El Presidente detalló el decreto de necesidad y urgencia (DNU) con el que derogó una ley vigente para el personal que realiza tareas domésticas.

21 de diciembre 2023, 21:17hs

Cambios en el régimen laboral del personal doméstico: qué dice el DNU de Javier Milei. (Foto: Adobe Stock)

Cambios en el régimen laboral del personal doméstico: qué dice el DNU de Javier Milei. (Foto: Adobe Stock)Por: Alexander Raths – stock.adobe.co

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Javier Milei, publicado en el Boletín Oficial, dispone de una modificación referida al régimen laboral del empleo doméstico.

Entre los cambios, el DNU detallado por el Presidente para desregular la economía, queda estipulado que los trabajadores dejarán de recibir la doble indemnización al momento de ser despedidos y en el caso de que la relación laboral no estuviera registrada.

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Esto se debe a que se derogó el artículo 50 de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El presidente Javier Milei detalló el DNU en cadena nacional. (Foto: captura TN)

El presidente Javier Milei detalló el DNU en cadena nacional. (Foto: captura TN)

“La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente”, precisaba el artículo anulado.

Cuáles son las categorías de los trabajadores de casas particulares

Según las tareas realizadas, un trabajador de casa particular pertenece a una determinada categoría. Cada una de ellas, tiene asignada una remuneración mínima para la modalidad “con retiro” y “sin retiro”. También se especifica una remuneración “por hora” y otra “mensual”.

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Supervisor: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;Personal para tareas específicas: cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal;Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo;Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores;Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

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