Los contribuyentes deben confirmar o cambiar de categoría ante el organismo hasta el 5 de febrero inclusive. Qué puede pasar si no se cumple con el requisito obligatorio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo hasta el 5 de febrero inclusive para que los pequeños contribuyentes del Monotributo realicen la primera recategorización de 2024. El trámite es obligatorio.
En primera instancia, el organismo había delimitado la fecha para el 22 de enero. Sin embargo, decidió aplazar el tiempo para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/enero 2024.
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El Monotributo tiene dos fechas al año para cambiar o confirmar la categoría: en enero, que determina los montos máximos de facturación y la cuota a pagar a partir del 1° de febrero con la nueva escala anual. Y la otra en julio.
Cómo hacer la recategorización del Monotributo en AFIP
Hay tiempo de hacer la recategorización del Monotributo hasta el 5 de febrero, los pasos a seguir son:
- Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
- Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
- Finalmente, imprimir la nueva credencial.
Monotributo: qué pasa si un contribuyente no recategoriza el 5 de febrero
En el caso de que no hacer la recategorización hasta el 5 de febrero, la AFIP lo hará “de oficio” al contribuyente de forma automática y aplicará sanciones.
La recategorización de oficio será notificada por el organismo al Domicilio Fiscal Electrónico, el primer día hábil de agosto. El contribuyente podrá consultar los motivos del cambio de categoría accediendo a la web de AFIP con CUIT y clave fiscal.
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Monotributo 2024: cómo quedan las escalas de facturación desde enero de 2024
Desde enero, las escalas del Monotributo son las siguientes:
- Categoría A: facturación anual hasta $2.108.288,01;
- Categoría B: $3.133.941,63;
- Categoría C: $4.387.518,23;
- Categoría D: $5.449.094,55;
- Categoría E: $6.416.528,72;
- Categoría F: $8.020.660,90;
- Categoría G: $9.624.793,05;
- Categoría H: $11.916.410,45;
- Categoría I: $13.337.213,22;
- Categoría J: $15.285.088,04;
- Categoría K: $16.957.968,71.
Monotributo 2024: cuánto hay que pagar de cuota mensual
A partir de enero de 2024, deben abonar las siguientes cuotas en total:
- Categoría A: $12.128,39 tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
- Categoría B: $13.561,75 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
- Categoría C: $15.503,51 para servicios y $7226,83 a $15.241,42 para la venta de productos.
- Categoría D: para servicios es de $19.497,94, y de $19.066,46 los que venden productos.
- Categoría E: la cuota mensual de $26.945,97 (servicios) y de $24.526,43 venta de cosas muebles;
- Categoría F: $33.137,61 para los servicios, y para los que venden productos, de $13,856,32 a $29.223,11.
- Categoría G: $38.694,95 para servicios y a $33.439,61 para los productos.
- Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $66.111,51. Mientras, los que venden bienes, $56.402,68.
- Categoría I: $81.121,96.
- Categoría J: $93.619,47.
- Categoría K: $106.964,65.