viernes, 24 abril, 2026
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Nación promulgó la reforma de la Ley de Glaciares y La Pampa presentó un amparo

El Gobierno nacional oficializó la Ley N° 27.804 que modifica el régimen de protección de glaciares. La provincia de La Pampa, junto a otras organizaciones, presentó una acción de amparo colectivo para frenar la norma, alegando inconstitucionalidad.

El Poder Ejecutivo nacional oficializó este viernes la promulgación de la Ley N° 27.804, que introduce modificaciones sustanciales al régimen de protección de glaciares y ambientes periglaciares. La norma fue publicada en el Boletín Oficial mediante el decreto 271/2026, luego de su aprobación en el Congreso el pasado 8 de abril con 137 votos afirmativos, 111 negativos y tres abstenciones.

El eje de la reforma es la transferencia de competencias a las provincias, que podrán definir sus propios criterios técnicos para determinar qué cuerpos de hielo o zonas periglaciares quedan protegidos. Hasta ahora, la ley sancionada en 2010 establecía parámetros uniformes y consideraba a estos ecosistemas como bienes públicos estratégicos. Con la nueva redacción, las áreas que no sean incluidas bajo los criterios provinciales podrían quedar fuera del régimen específico de protección.

Para el Gobierno de La Pampa, la reforma debilita los estándares nacionales de protección y podría facilitar la actividad minera en zonas glaciares, afectando el agua del río Colorado, del que se abastece el 70 por ciento de los pampeanos. El gobernador Sergio Ziliotto aclaró: “La Pampa no está en contra de la minería, sino de aquella que se impone por encima del acceso al agua para consumo humano”.

En este contexto, la Fiscalía de Estado presentó hoy un amparo colectivo. El juez federal Juan José Baric deberá determinar si es competente o si debe enviar el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Minutos después de las 8 de la mañana, el magistrado remitió la presentación a la fiscal federal Iara Silvestre para que dictamine. Se espera que la semana próxima, con la respuesta de Silvestre, se defina la competencia para tratar el caso.

La acción de amparo colectivo ambiental fue firmada por el Gobierno de La Pampa, la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam), la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos. La presentación fue impulsada por la fiscal de Estado, Romina Schmidt, con el patrocinio del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, e incluyó una medida cautelar para suspender la aplicación de la ley hasta que se resuelva su constitucionalidad. El planteo solicita que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la norma, al considerar que vulnera derechos colectivos vinculados al ambiente, el agua y la salud.

Entre los principales fundamentos, se señala que la ley lesiona garantías consagradas en los artículos 41, 43 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, vinculadas al derecho a un ambiente sano y a la tutela judicial efectiva. Además, se advierte que la reforma viola el principio de no regresividad ambiental, reconocido en el Acuerdo de Escazú, al reducir el nivel de protección alcanzado por la normativa anterior. Según la presentación, el nuevo esquema “fragmenta la tutela y debilita el estándar uniforme” de los presupuestos mínimos ambientales, lo que configura un retroceso normativo verificable.

El conflicto abre un nuevo frente judicial entre la provincia y la Nación, con el eje puesto en la gestión de recursos estratégicos y la protección del agua en la región.

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