La Justicia condenó a un hombre de 43 años a tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación para conducir por provocar un choque fatal en el acceso a Algarrobo del Águila. Circulaba a más del doble de la velocidad permitida.
La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a José María Mancilla como autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, y de lesiones graves culposas agravadas, por circular a más de 30 kilómetros por hora por encima de la velocidad máxima permitida.
La sentencia estableció una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación para conducir vehículos automotores. Además, se le impuso como reglas de conducta durante dos años fijar domicilio y someterse al control de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal.
El juicio oral se desarrolló los días 18 y 19 de mayo, con la intervención del fiscal Nicolás Rojo Mateos y la defensora oficial María Soledad Trímboli.
El hecho ocurrió el 29 de diciembre de 2023, alrededor de las 8 de la mañana, en la ruta nacional 151 y el acceso a Algarrobo del Águila. Allí colisionaron un Fiat Cronos, conducido por la víctima fatal, y una camioneta Toyota Hilux manejada por Mancilla.
Según se acreditó en el debate, el conductor del automóvil circulaba por la ruta en sentido este-oeste e ingresó a la dársena de giro para entrar a la localidad. Tras dejar pasar otro vehículo, inició la maniobra de ingreso y fue embestido desde atrás por la camioneta.
La investigación determinó que la maniobra era completamente previsible y que el factor determinante del choque fue la velocidad a la que circulaba Mancilla. En ese sector, por tratarse del acceso a una localidad, la velocidad máxima permitida era de 60 kilómetros por hora. Sin embargo, el acusado conducía a 127 kilómetros por hora.
Como consecuencia del impacto murió el conductor del Fiat Cronos. Además, la hija de la víctima y un hijo menor de edad sufrieron fracturas en distintas partes del cuerpo que demandaron más de un mes de recuperación y les impidieron realizar sus actividades habituales durante ese período.
Durante los alegatos finales, la Fiscalía solicitó una pena de tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir. La defensa, en cambio, pidió la absolución del acusado.
Al fundamentar la condena, Gianinetto sostuvo que Mancilla “con su conducta imprudente de conducirse a una velocidad entre 127,43 y 124,57 kilómetros por hora duplicaba la velocidad reglamentaria, violó las normas de tránsito que estaban a su cargo y fue la causa que produjo la colisión”.
Al momento de fijar la pena, la magistrada valoró como atenuantes que el condenado no tenía antecedentes penales, que es una persona con trabajo y familia a cargo y que brindó auxilio inmediato a las víctimas tras el siniestro. Como agravantes, consideró la cantidad de personas afectadas por el hecho, tanto las víctimas directas como el riesgo al que expuso a su propia familia, que viajaba con él en la camioneta y estaba integrada por su pareja y tres niños pequeños.
