Un hombre fue condenado a un año de prisión condicional por amenazar con un arma a su expareja en un establecimiento rural de Speluzzi. El fallo judicial destacó el contexto de violencia de género.
Un hombre de 47 años fue condenado en General Pico a un año de prisión de ejecución condicional por haber amenazado con un arma de fuego a su expareja, en un hecho ocurrido en agosto de 2024 en un establecimiento rural cercano a Speluzzi. Le apuntó en la cabeza con una carabina .22. Fue hallado responsable del delito de amenazas agravadas por el uso de arma, en un contexto de violencia de género. La sentencia, dictada el 14 de abril de 2026, también le impuso reglas de conducta por el término de dos años, entre ellas la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.
De acuerdo a lo probado en el juicio, el episodio ocurrió durante la madrugada del 11 de agosto de 2024, cuando la mujer se presentó en el campo donde trabajaba su expareja, en la zona rural de Speluzzi. Según la reconstrucción judicial, ambos habían acordado encontrarse con la intención de recomponer la relación, pero ante la falta de respuesta a sus llamados, la mujer decidió ir hasta el lugar. Al llegar, encontró la tranquera cerrada con candado, la saltó y caminó alrededor de mil metros hasta la vivienda. Allí advirtió la presencia de dos vehículos y, al no obtener respuesta, golpeó una puerta de chapa.
En ese momento, el hombre abrió una pequeña ventana. “Así te quería encontrar”, le dijo la mujer. “¿Qué hacés acá?”, le respondió el hombre. Sacó una carabina y le apuntó en la cabeza. Se la apoyó en la frente, mientras la damnificada le recriminaba la situación de infidelidad. “Gatíllame si sos hombre”, le dijo la mujer. La situación se desactivó por la intervención de otra mujer que estaba en el lugar, quien logró que el arma cayera al suelo. Luego, el acusado abrió la puerta y se produjo un forcejeo, en medio de un clima de insultos y tensión, hasta que la mujer logró retirarse del lugar.
Ya en su domicilio, la víctima manifestó haber quedado en estado de shock y con temor por su vida, por lo que decidió radicar la denuncia horas después, al considerar que durante todo el episodio estuvo bajo amenaza con el arma de fuego. El fallo también valoró que la mujer denunció el hecho de manera inmediata y que se presentó “muy asustada” ante las autoridades. Además, días después fue atendida en el Hospital Gobernador Centeno, donde se constataron hematomas y un cuadro de angustia y ansiedad vinculado a una situación de violencia de género. Durante el juicio, testigos y profesionales de salud respaldaron ese cuadro, lo que reforzó la credibilidad del relato de la denunciante.
Absoluciones por lesiones y tenencia de arma
El acusado fue absuelto por otros dos delitos que también habían sido imputados. Por un lado, la Justicia lo desligó del delito de lesiones leves agravadas, al considerar que no hubo certeza suficiente sobre cómo se produjeron los golpes y si efectivamente fueron causados por el imputado. En ese punto, aplicó el principio de la duda. Por otro lado, también fue absuelto por la tenencia ilegal de arma de fuego, ya que no se pudo acreditar que el arma secuestrada estuviera en condiciones de funcionar, un requisito necesario para configurar ese delito.
Pese a las absoluciones parciales, el tribunal entendió que el hecho principal estaba probado y resolvió imponer la pena mínima prevista: un año de prisión en suspenso. El fallo remarcó como agravante que el episodio se produjo en un contexto sostenido de violencia de género, mientras que como atenuantes se valoraron la falta de antecedentes penales y su situación laboral.
