La jueza María Jimena Cardoso dictó una sentencia de tres años de prisión efectiva contra un hombre por robos en una carnicería y estafas mediante comprobantes falsos de transferencias bancarias, ocurridos entre agosto y septiembre de 2025 en General Pico.
La jueza María Jimena Cardoso, del Juzgado de Control de la Segunda Circunscripción Judicial de La Pampa, condenó a D.I.R. a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento. La sentencia fue dictada en el marco de un juicio abreviado, luego de que el acusado reconociera su responsabilidad en los hechos investigados por el Ministerio Público Fiscal.
Según el fallo, uno de los episodios ocurrió entre el 22 y el 23 de agosto de 2025. El imputado, junto a otro hombre no identificado, escaló un tapial de 1,80 metros para ingresar al patio trasero de la carnicería “El Abasto”, ubicada en calle 24 entre 37 y 39 de General Pico. Allí sustrajeron una media res y distintos cortes vacunos, por un peso aproximado de 225 kilos.
Un segundo hecho se produjo entre el 25 y el 26 de septiembre de ese mismo año. El acusado volvió a ingresar al mismo comercio tras escalar el tapial y forzar una reja de una ventana. Del lugar robó dinero en efectivo, entre 75 y 80 kilos de carne, fiambres y dos bolsos.
La investigación incluyó declaraciones testimoniales, inspecciones oculares, imágenes de cámaras de seguridad y un informe genético forense. En el fallo se indicó que registros fílmicos permitieron identificar al acusado por sus características físicas y vestimenta.
Además de los robos, el condenado fue hallado responsable de dos estafas cometidas mediante falsas transferencias bancarias. Uno de los hechos ocurrió el 22 de septiembre de 2025 en la despensa “Dana”, situada en calle 31. Allí retiró mercadería por unos 70 mil pesos luego de exhibir un supuesto comprobante de pago que nunca impactó en la cuenta de la comerciante. El otro episodio sucedió el 24 de septiembre en un carro de comidas ubicado en calles 36 y 27. En ese lugar realizó un pedido de hamburguesas, postres, gaseosas y papas fritas por una suma de entre 80 mil y 90 mil pesos, utilizando la misma maniobra. Los damnificados describieron al sospechoso y posteriormente lo reconocieron en ruedas de personas realizadas durante la investigación.
La resolución judicial señaló además que D.I.R. registraba antecedentes condenatorios. En marzo de 2025 había recibido una pena de seis meses de prisión efectiva en la ciudad bonaerense de Trenque Lauquen. Por ese motivo, la Justicia unificó ambas condenas y fijó una pena única de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo la condición de reincidente del acusado.
