El máximo tribunal provincial resolvió que la causa de un trabajador público de Trenel, que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica y reclama una licencia sin límite temporal, debe tramitarse por la vía contencioso-administrativa, aunque mantuvo la medida que le permite seguir percibiendo su salario.
La Sala C del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) asumió su competencia en la causa iniciada por Lucas Javier Cassou, un odontólogo del sistema público provincial que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). El profesional reclama el reconocimiento de una licencia por enfermedad sin límite temporal con percepción íntegra de haberes, al amparo de un régimen excepcional.
El tribunal determinó que el conflicto, derivado de la relación de empleo público, es de naturaleza contencioso-administrativa y, por lo tanto, de su competencia originaria y exclusiva. En consecuencia, ordenó que el caso no continúe como amparo y sea reconducido a ese fuero específico, dándole al demandante un plazo de cinco días para adecuar su presentación.
Pese a este cambio de vía procesal, el STJ decidió mantener la medida cautelar dictada en primera instancia. Esto permite que Cassou, quien trabajó casi dos décadas en el Hospital de Trenel y tenía consultorio privado, continúe con su licencia médica y perciba sus haberes mientras se resuelve el fondo del asunto. El fallo fundamenta esta decisión en la necesidad de resguardar sus derechos ante la gravedad de la enfermedad y el riesgo de un perjuicio irreparable.
El conflicto se origina en la aplicación de la Ley Provincial 643, que establece licencias por enfermedades de largo tratamiento con un plazo máximo de dos años. La norma contempla excepciones, pero la reglamentación necesaria para incluir patologías de gravedad similar, como la ELA, nunca se concretó, pese a que la ley fue modificada hace 15 años. Ante la falta de este marco, la administración provincial rechazó el pedido de Cassou de ser incluido en el régimen excepcional de la Ley 2564.
