miércoles, 6 mayo, 2026
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Fallo judicial en La Pampa: absuelven a condenado por abuso sexual infantil por un error procesal

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa anuló una condena a 10 años de prisión por abuso sexual infantil, al considerar que se vulneró el derecho de defensa del acusado durante la Cámara Gesell.

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa, a través de su Sala “A”, resolvió anular una condena por abuso sexual infantil y absolver a un hombre identificado como H.E.L., alias “El Negro”, quien había sido sentenciado a 10 años de prisión. La decisión, fechada el 30 de abril, se fundamentó en un error técnico ocurrido durante la realización de la Cámara Gesell en la que la víctima menor de edad declaró.

Según el fallo, al que accedió Diario Textual, durante la entrevista en Cámara Gesell no estuvo presente un abogado defensor del imputado, lo que implicó una violación al derecho de defensa en juicio. Las juezas María Antonella Marchisio y María Eugenia Schijvarger consideraron que esta omisión no fue un defecto meramente formal, sino una afectación sustancial de garantías constitucionales.

El tribunal señaló que el imputado no pudo controlar la producción de la prueba ni contrainterrogar el testimonio, pese a que esa declaración era la única prueba directa de cargo. Ante la ausencia de una línea investigativa independiente, se aplicó la regla de exclusión probatoria, que impide utilizar evidencia obtenida con violación de garantías, así como todos los actos derivados.

En consecuencia, se declaró la nulidad de la Cámara Gesell, de la imputación, la acusación, el juicio oral y la sentencia condenatoria. Las magistradas también rechazaron argumentos previos que validaban la prueba por la espontaneidad de la declaración o por la presencia de un defensor de otro imputado, subrayando que cada acusado debe contar con defensa técnica propia en actos irreproducibles.

El TIP destacó que existían alternativas procesales para evitar la nulidad, como designar un defensor oficial durante la audiencia o realizar una entrevista adicional, pero estas no fueron implementadas. Con estos fundamentos, se ordenó la absolución de H.E.L., dejando sin efecto la condena y disponiendo su libertad sin restricciones.

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